Nuestro horario de atención es de Lunes a Viernes de 09:00 a 18:00 hrs y Sábado de 10:00 a 14:00 hrs.
Nuestros canales de venta son a través de la página web, whatsapp, vía telefónica y presencial.
Para compras web, el método de pago es tarjeta de crédito a través de WebPay, o transferencia bancaria. En el caso que desee retirar su producto de manera presencial en nuestras tiendas, puede realizar el pago en ese momento, ya sea con efectivo, transferencia bancaria, tarjeta de crédito ó débito.
Para poder retirar el arma de fuego Ud. debe presentar la autorización de compra original (entregada por la autoridad fiscalizadora) debidamente firmada, el padrón del arma, su cédula de identidad y el contrato firmado con Armarket.
Para poder retirar municiones Ud. deberá presentar la autorización de compra entregada por la autoridad fiscalizadora y su cédula de identidad. En el caso que hubiese, presentar contrato firmado con Armarket.
Si, en el caso que Ud. compre un arma de fuego, para que el tercero la pueda retirar, debe presentar un poder notarial donde el comprador autorice al tercero a retirar dicho elemento en la armería, junto con los datos del arma, además, la persona debe llevar los papeles entregados por la autoridad fiscalizadora (autorización de compra firmada y fotocopia del padrón) incluyendo la fotocopia de la cédula de identidad del comprador y de la persona que retira. En el caso que Ud. haya comprado munición, para que el tercero pueda retirar, debe presentar un poder notarial donde el comprador autorice al tercero a retirar dicho elemento en la armería, incluyendo la información de la munición, la autorización de compra entregada por la autoridad fiscalizadora de Carabineros y la fotocopia de la cédula de identidad del comprador y de la persona que retira.
Si, realizamos envíos a domicilio a través de Chilexpress y Starken (por pagar), siempre y cuando la cobertura de estos servicios lo permita. Starken: envíos de Lunes a Viernes.
Si, realizamos envíos solo de armas de fuego a través de Latam cargo a nivel nacional.
Envíos de armas de fuego y municiones a través de transporte terrestre Ecoex para zona sur (hasta Puerto Montt).
– Latam cargo: envió los días Jueves
– Ecoex: envío los días Miércoles
Para armas de fuego debe reunir los siguientes documentos: un poder notarial que autoriza a la armería a trasladar y enviar el elemento controlado, autorización de compra tramitada por la autoridad fiscalizadora, debidamente firmada por el comprador, fotocopia de cédula identidad vigente y fotocopia del padrón, estos debe enviarlos al local de ventas. Para municiones debe reunir los siguientes documentos: un poder notarial que autoriza a la armería a trasladar y enviar el elemento controlado, autorización de compra tramitada por la autoridad fiscalizadora debidamente firmada por el comprador, fotocopia de cédula identidad vigente y enviarlos al local de ventas.
– Armas cortas: $65.000 pesos.
– Armas largas: $100.000 pesos.
– Armas largas sobredimensionadas: $95.000 pesos.
* Valores aproximados; pueden variar según disponibilidad de vuelo y lugar de destino.
A través de Ecoex:
Armas cortas, largas y sobredimensionadas: $30.000 pesos.
–Certificado de antecedentes para fines especiales tiene una validez de 60 días desde la fecha de emisión.
– Certificado de examen psicofísico tiene una validez de 90 días desde la fecha de otorgamiento.
– Autorización de compra tiene una validez de 10 días una vez emitida por la autoridad fiscalizadora.
Si esta llegase a vencer en el plazo establecido de los 10 días, debe ser acompañada por una Guía de libre tránsito emitida por la autoridad fiscalizadora, dado que al no cumplir con esta normativa se estaría incurriendo en una infracción sancionada por la ley de control de armas.
Con la autorización de compra vencida, la empresa no entregará ni enviará ningún elemento controlado, a no ser que se presente la respectiva Guía de libre tránsito.
No, el psiquiatra que emita el certificado psicofísico debe estar acreditado por la Superintendencia de Salud.
Ud. puede reservar un arma abonando un determinado monto, para que así se dé paso a la celebración de un contrato, donde se compromete la empresa vendedora y el comprador a tener el arma reservada durante 3 meses, el comprador en el mismo periodo deberá proceder a la inscripción y retiro. La reserva se puede llevar a cabo de manera presencial o digital.
Si, pero según consta en la cláusula 7 del contrato firmado con la empresa, se le retendrá el 75% del total pactado. Sin embargo, esto es estudiado caso a caso.
Nuestros locales están ubicados en Paseo Bulnes 119, 167 y Zenteno 145B, comuna de Santiago (metro Moneda)
Armarket le entrega la garantía establecida legalmente que son 3 meses en caso de que el producto presente alguna falla o desperfecto de fabricación, donde se evaluará por parte del departamento técnico si corresponde reparación, cambio o devolución, sin embargo hay empresas internacionales que ofrecen garantías extendidas a sus productos, para lo cual el interesado deberá verla directamente con dicha empresa.
Nuestros métodos de contacto son a través de, Whatsapp, teléfono, presencial o el formulario.
En primera instancia debe contactarse con el vendedor, posteriormente se solicita que nos mande un video detallado del problema, esto debido a que ocasionalmente se pueden solucionar a distancia. Sin embargo, si esto no ocurriese, debe traer el producto a nuestra tienda para ser recepcionado y evaluado por nuestro departamento técnico. En el caso de ser un arma de fuego, esta debe ser con la respectiva Guía de Libre Tránsito, la que deberá tramitar en la autoridad fiscalizadora de Carabineros.
Puede enviarnos su sugerencia en la opción contacto, presente en el menú de nuestra página web: www.armarket.cl/contacto
Ser mayor de edad, tener domicilio conocido (acreditación de domicilio), acreditar conocimiento de conservación y manejo de armas, poseer una actitud física y psíquica compatible para el uso de armas, no haber sido condenado por crimen o simple delito, lo que se acreditará con el respectivo certificado de antecedentes, no encontrarse sujeto a medida cautelar personal que le impida la tenencia, posesión o porte de armas de fuego, no habérsele cancelado alguna inscripción de armas de fuego en los cinco años anteriores a la solicitud y presentar certificado de asistencia técnica del arma.
Hay que distinguir, en primer término, toda persona natural o jurídica podrá inscribir hasta dos armas de uso permitido, ya sea en el uso de defensa personal, seguridad y protección (para las personas jurídicas), caza, deporte o colección.
Toda vez que un arma de fuego sea robada o extraviada, la persona a nombre de quien se encuentre inscrita el arma deberá denunciar el hecho ante Carabineros o Investigaciones de Chile. Posteriormente informará a la autoridad fiscalizadora de la situación ocurrida haciendo entrega del comprobante de la denuncia. Esta denuncia debe efectuarse dentro de los cinco días de ocurrido el hecho. Este mismo trámite se debe realizar si el arma es recuperada.
Las armas de fuego extraviadas o robadas mantendrán la inscripción a nombre de su dueño y serán consideradas como una de las armas del cupo permitido.
El poseedor de un arma inscrita que cambie de domicilio, deberá comunicarlo dentro de 15 días a cualquier autoridad fiscalizadora, aun cuando el nuevo domicilio corresponda a la misma autoridad fiscalizadora. Este trámite también lo puede hacer un tercero mediante poder notarial otorgado por el propietario del arma.
**Importante** Si no se efectúa la actualización dentro del plazo de 15 días desde el cambio de domicilio, se considerará que el arma se posee en forma ilegal.
En la transferencia de armas inscritas por fallecimiento de su poseedor o tenedor, el heredero o la persona que tenga la custodia de ésta, deberá informar dentro del plazo de noventa días a la autoridad fiscalizadora el hecho del fallecimiento y la individualización del heredero que, bajo su responsabilidad tendrá la posesión provisoria del arma. La persona que se adjudicará el arma deberá cumplir con cada uno de los requisitos para la inscripción de armas.
**Importante**En caso de transcurrido el plazo y no se dé cumplimiento a la entrega del arma, la A.F. sancionará la infracción con una multa como lo señala el artículo 5° de la ley, de 5 a 10 unidades tributarias mensuales, de acuerdo a la gravedad de la falta y la cantidad de armas que tenía el fallecido, lo que será analizado caso a caso. Junto con la aplicación de la multa, deberá ser denunciado ante los tribunales por tenencia ilegal de arma.
Las personas que, al momento de inscribir un arma ante la autoridad fiscalizadora, se acrediten como deportistas o cazadores tendrán derecho, en el mismo acto, a obtener un permiso para transportar las armas y municiones autorizadas que utilicen con esas finalidades. El permiso antes señalado se otorgará por un período de dos años y no autorizará a transportar las armas cargadas en la vía pública.
Los permisos antes señalados en ningún caso constituirán autorización para portar el arma. Estas deben ser trasladadas al lugar en que se realiza la actividad deportiva o de caza descargadas y en sus respectivas cajas, estuches o fundas.
Las armas podrán ser inscritas para fines de defensa personal, seguridad y protección (VV. PP), caza, deporte, colección, u otro que la D.G.M.N. autorice.
Las autoridades fiscalizadoras y Carabineros de Chile podrán sin previo aviso, fiscalizar en el domicilio declarado las armas inscritas, para lo cual el poseedor estará obligado a exhibirla. En caso de negativa, será denunciado al tribunal respectivo.
Los siguientes son los únicos tipos de armas permitidos que Ud. Legalmente puede poseer e inscribir:
Las armas se pueden inscribir de acuerdo a su tipo como sigue:
Nuestro horario de atención es de Lunes a Viernes de 09:00 a 18:00 hrs y Sábado de 10:00 a 14:00 hrs.
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Para poder retirar el arma de fuego Ud. debe presentar la autorización de compra original (entregada por la autoridad fiscalizadora) debidamente firmada, el padrón del arma, su cédula de identidad y el contrato firmado con Armarket.
Para poder retirar municiones Ud. deberá presentar la autorización de compra entregada por la autoridad fiscalizadora y su cédula de identidad. En el caso que hubiese, presentar contrato firmado con Armarket.
Si, en el caso que Ud. compre un arma de fuego, para que el tercero la pueda retirar, debe presentar un poder notarial donde el comprador autorice al tercero a retirar dicho elemento en la armería, junto con los datos del arma, además, la persona debe llevar los papeles entregados por la autoridad fiscalizadora (autorización de compra firmada y fotocopia del padrón) incluyendo la fotocopia de la cédula de identidad del comprador y de la persona que retira. En el caso que Ud. haya comprado munición, para que el tercero pueda retirar, debe presentar un poder notarial donde el comprador autorice al tercero a retirar dicho elemento en la armería, incluyendo la información de la munición, la autorización de compra entregada por la autoridad fiscalizadora de Carabineros y la fotocopia de la cédula de identidad del comprador y de la persona que retira.
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Para armas de fuego debe reunir los siguientes documentos: un poder notarial que autoriza a la armería a trasladar y enviar el elemento controlado, autorización de compra tramitada por la autoridad fiscalizadora, debidamente firmada por el comprador, fotocopia de cédula identidad vigente y fotocopia del padrón, estos debe enviarlos al local de ventas. Para municiones debe reunir los siguientes documentos: un poder notarial que autoriza a la armería a trasladar y enviar el elemento controlado, autorización de compra tramitada por la autoridad fiscalizadora debidamente firmada por el comprador, fotocopia de cédula identidad vigente y enviarlos al local de ventas.
– Armas cortas: $65.000 pesos.
– Armas largas: $100.000 pesos.
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* Valores aproximados; pueden variar según disponibilidad de vuelo y lugar de destino.
A través de Ecoex:
Armas cortas, largas y sobredimensionadas: $30.000 pesos.
-Certificado de antecedentes para fines especiales tiene una validez de 60 días desde la fecha de emisión.
-Certificado de examen psicofísico tiene una validez de 90 días desde la fecha de otorgamiento.
–Autorización de compra tiene una validez de 10 días una vez emitida por la autoridad fiscalizadora.
Si esta llegase a vencer en el plazo establecido de los 10 días, debe ser acompañada por una Guía de libre tránsito emitida por la autoridad fiscalizadora, dado que al no cumplir con esta normativa se estaría incurriendo en una infracción sancionada por la ley de control de armas.
Con la autorización de compra vencida, la empresa no entregará ni enviará ningún elemento controlado, a no ser que se presente la respectiva Guía de libre tránsito.
No, el psiquiatra que emita el certificado psicofísico debe estar acreditado por la Superintendencia de Salud.
Ud. puede reservar un arma abonando un determinado monto, para que así se dé paso a la celebración de un contrato, donde se compromete la empresa vendedora y el comprador a tener el arma reservada durante 3 meses, el comprador en el mismo periodo deberá proceder a la inscripción y retiro. La reserva se puede llevar a cabo de manera presencial o digital.
Si, pero según consta en la cláusula 7 del contrato firmado con la empresa, se le retendrá el 75% del total pactado. Sin embargo, esto es estudiado caso a caso.
Nuestros locales están ubicados en Paseo Bulnes 119, 167 y Zenteno 145B, comuna de Santiago (metro Moneda)
Armarket le entrega la garantía establecida legalmente que son 3 meses en caso de que el producto presente alguna falla o desperfecto de fabricación, donde se evaluará por parte del departamento técnico si corresponde reparación, cambio o devolución, sin embargo hay empresas internacionales que ofrecen garantías extendidas a sus productos, para lo cual el interesado deberá verla directamente con dicha empresa.
Nuestros métodos de contacto son a través de, Whatsapp, teléfono, presencial o el formulario.
En primera instancia debe contactarse con el vendedor, posteriormente se solicita que nos mande un video detallado del problema, esto debido a que ocasionalmente se pueden solucionar a distancia. Sin embargo, si esto no ocurriese, debe traer el producto a nuestra tienda para ser recepcionado y evaluado por nuestro departamento técnico. En el caso de ser un arma de fuego, esta debe ser con la respectiva Guía de Libre Tránsito, la que deberá tramitar en la autoridad fiscalizadora de Carabineros.
Puede enviarnos su sugerencia en la opción contacto, presente en el menú de nuestra página web: www.armarket.cl/contacto
Ser mayor de edad, tener domicilio conocido (acreditación de domicilio), acreditar conocimiento de conservación y manejo de armas, poseer una actitud física y psíquica compatible para el uso de armas, no haber sido condenado por crimen o simple delito, lo que se acreditará con el respectivo certificado de antecedentes, no encontrarse sujeto a medida cautelar personal que le impida la tenencia, posesión o porte de armas de fuego, no habérsele cancelado alguna inscripción de armas de fuego en los cinco años anteriores a la solicitud y presentar certificado de asistencia técnica del arma.
Hay que distinguir, en primer término, toda persona natural o jurídica podrá inscribir hasta dos armas de uso permitido, ya sea en el uso de defensa personal, seguridad y protección (para las personas jurídicas), caza, deporte o colección.
Toda vez que un arma de fuego sea robada o extraviada, la persona a nombre de quien se encuentre inscrita el arma deberá denunciar el hecho ante Carabineros o Investigaciones de Chile. Posteriormente informará a la autoridad fiscalizadora de la situación ocurrida haciendo entrega del comprobante de la denuncia. Esta denuncia debe efectuarse dentro de los cinco días de ocurrido el hecho. Este mismo trámite se debe realizar si el arma es recuperada.
Las armas de fuego extraviadas o robadas mantendrán la inscripción a nombre de su dueño y serán consideradas como una de las armas del cupo permitido.
El poseedor de un arma inscrita que cambie de domicilio, deberá comunicarlo dentro de 15 días a cualquier autoridad fiscalizadora, aun cuando el nuevo domicilio corresponda a la misma autoridad fiscalizadora. Este trámite también lo puede hacer un tercero mediante poder notarial otorgado por el propietario del arma.
**Importante** Si no se efectúa la actualización dentro del plazo de 15 días desde el cambio de domicilio, se considerará que el arma se posee en forma ilegal.
En la transferencia de armas inscritas por fallecimiento de su poseedor o tenedor, el heredero o la persona que tenga la custodia de ésta, deberá informar dentro del plazo de noventa días a la autoridad fiscalizadora el hecho del fallecimiento y la individualización del heredero que, bajo su responsabilidad tendrá la posesión provisoria del arma. La persona que se adjudicará el arma deberá cumplir con cada uno de los requisitos para la inscripción de armas.
**Importante**En caso de transcurrido el plazo y no se dé cumplimiento a la entrega del arma, la A.F. sancionará la infracción con una multa como lo señala el artículo 5° de la ley, de 5 a 10 unidades tributarias mensuales, de acuerdo a la gravedad de la falta y la cantidad de armas que tenía el fallecido, lo que será analizado caso a caso. Junto con la aplicación de la multa, deberá ser denunciado ante los tribunales por tenencia ilegal de arma.
Las personas que, al momento de inscribir un arma ante la autoridad fiscalizadora, se acrediten como deportistas o cazadores tendrán derecho, en el mismo acto, a obtener un permiso para transportar las armas y municiones autorizadas que utilicen con esas finalidades. El permiso antes señalado se otorgará por un período de dos años y no autorizará a transportar las armas cargadas en la vía pública.
Los permisos antes señalados en ningún caso constituirán autorización para portar el arma. Estas deben ser trasladadas al lugar en que se realiza la actividad deportiva o de caza descargadas y en sus respectivas cajas, estuches o fundas.
Las armas podrán ser inscritas para fines de defensa personal, seguridad y protección (VV. PP), caza, deporte, colección, u otro que la D.G.M.N. autorice.
Las autoridades fiscalizadoras y Carabineros de Chile podrán sin previo aviso, fiscalizar en el domicilio declarado las armas inscritas, para lo cual el poseedor estará obligado a exhibirla. En caso de negativa, será denunciado al tribunal respectivo.
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